Normas

Normas

La estabilidad de la fachada depende tanto del correcto dimensionamiento de las placas y anclajes como de la adecuada elección del sistema de fijación del anclaje.

La normativa española disponía de unas recomendaciones en esta materia (NTE RPC-1975), pero la evolución tecnológica del sector las ha relegado a un plano de obsolescencia en su mayor parte, además de haber presentado importantes lagunas.

El criterio alemán, que parece ser el más avanzado del mundo, se basa en la norma DIN18515, publicada en julio de 1970 y en su suplemento, la DIN18516 de septiembre de 1986 (revestimientos de parades exteriores ventiladas).

Hasta fechas recientes en España solo se contaba como referencia de anclajes para estos menesteres con la citada NTE-RPC CHAPADOS, que se sentó unas bases de interés allá por el 1973, pero su antigüedad y el avance tecnológico han hecho que se planteara la redacción de una norma UNE de interés en el sector, tanto de fabricantes de anclajes, como de elaboradotes de aplacados y técnicos y de aseguradoras.

Esta UNE 41957-1 ANCLAJES para revestimientos de fachadas de edificios aporta datos de interés para el proyectista como el constructor de componentes y directores de obra.

En la norma se ha tratado de conjuntar muchos intereses, como otra parte es normal en los comités redactores, de composición muy dispar, de tal forma que, sin que conllevase propuestas radicales de cambios en las técnicas usuales, si al menos pusiera sobre la mesa los aspectos irrenunciables que tenían que ver con la durabilidad y la seguridad, aproximándose de esta forma a otras normativas europeas de más antigua presencia.

Seguridad

En principio la norma esta destinada a revestimientos ligeros definidos como aquellos se peso menor de 180 Kp/m2, que en caso de piedra corresponde aproximadamente a espesores máximos de 65 mm., lo que ya es un valor importante.

La norma incide en aquellos puntos de mayor relevancia para el buen comportamiento en servicio a lo largo del tiempo del revestimiento y entre ellos destaca las características del soporte donde se preocupa de la parte donde van a recaer los esfuerzos que transmite el revestimiento, ya que tenemos la dificultad de asegurar un correcto empotramiento o apoyo de los anclajes.

Específica también las juntas a respetar de contorno o de borde, es decir, las que separan un paño de revestimiento y cualquier otro componente (cornisas, techos voladizos, etc.), donde dice que se debe respetar un ancho de junta de al menos 10 mm. a efectos de garantizar una independencia del revestimiento.

Nombra también diferentes sistemas de anclajes por su forma, posición o capacidad de regulación. Hace referencia a los materiales, donde se refiere casi en exclusiva a los materiales de anclaje mecánico en sí, centrándose en los más usuales, en el aluminio y el acero.

Al contrario que la obsoleta NTE, reconoce que únicamente materiales resistentes a la corrosión, acero inoxidable y aluminio son aceptables y además siempre teniendo en cuenta el riesgo de incompatibilidades de tipo galvánico. No obstante, así como en inoxidable llega a establecer los dos tipos de acero más recomendables en función de la agresividad ambiental, similares al AISI 304 y al AISI 316, en aluminio no se establece el nivel de espesor de capa de anonizado, lo que se hecha en falta.

Se detiene incluso esta norma en los tipos de taco de anclaje así como en los criterios para la selección del sistema de anclaje, pasando por las características de sujeción para el revestimiento pétreo, coeficientes de seguridad, tipo de acciones a tener en cuenta, etc.

Norma CTE

Avanzando en el tiempo, cercanos al año 2000, nace el controvertido Código Tecnico de la Edificación, (CTE), dicho código nace ante la exigencia de la regulación de en mercado en auge y sin una normativa lo suficientemente avanzada y adecuada a los tiempos presentes. Este código intenta ser el marco normativo que establezca las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
El CTE se encarga de enunciar los criterios que deben cumplir los edificios pero deja abierta la forma en que deben cumplirse estas reglas, por lo que corre el riesgo de convertirse en una referencia para el proyectista más que una normativa de obligado cumplimiento y con normas estrictas, basándose en definitiva en un conglomerado de códigos de buena práctica.
Con el fin de facilitar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE, se establecen los denominados Documentos Reconocidos del CTE, definidos como documentos sin carácter reglamentario, que cuentan con el reconocimiento del Ministerio de Vivienda que mantendrá un registro público de los mismos.
El CTE, tal como establece la LOE, puede completarse con las exigencias de otras normativas dictadas por las Administraciones competentes. Es decir, la normativa autonómica y local de aplicación en cada caso, por lo que en definitiva hace aún más compleja su interpretación.
Según sus autores, el CTE establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la LOE.

Enlace: http://www.codigotecnico.org/web/

Como resumen, puede establecerse que los revestimientos transventilados no tienen que ser proscritos, tan solo requieren buena técnica y buenos conocedores de la misma que conjuguen un correcto proyecto y un buen control de ejecución.

En relación a las fachadas ventiladas se hace referencia en varios documentos:

DB HS Salubridad

En referencia a la protección a la humedad, a las cámaras de aire ventiladas, a la correcta colocación del aislante térmico así como sus condiciones entre otros.

Código Técnico de la Edificación (CTE). Parte II. Documento Básico HS.
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 28 de marzo de 2006
Modificado por el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 23 de octubre de 2007
Corrección de errores.
B.O.E.: 25 de enero de 2008

Modificado por:
Modificación de determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre
Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 23 de abril de 2009

DB HE Ahorro de energía

Hace referencia a temas tan importantes como las condensaciones, la transmitancia limite de los muros de fachada según la zona climática, la envolvente térmica y los puentes térmicos entre otros.

Código Técnico de la Edificación (CTE). Parte II. Documento Básico HE.
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 28 de marzo de 2006
Modificado por el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 23 de octubre de 2007
Corrección de errores.
B.O.E.: 25 de enero de 2008

Modificado por:
Modificación de determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre
Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 23 de abril de 2009

DB HR Protección frente al ruido

Menciona los objetivos en calidad acústica, diseño y dimensionado de los elementos constructivos referentes al aislamiento acústico, niveles de presión sonora, guía de uso de las magnitudes de aislamiento en relación con las exigencias, etc.

Código Técnico de la Edificación (CTE). Documento Básico HR.
Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 23 de octubre de 2007
Corrección de errores.
B.O.E.: 20 de diciembre de 2007

Modificado por:
Modificación de determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre
Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 23 de abril de 2009